GES GmbH & Co. KG
Términos y condiciones generales (Enlace a los términos y condiciones generales)
Observación preliminar:
GES GmbH & Co. KG opera en las áreas de construcción para ferias y exposiciones, así como en la construcción de interiores e instalaciones de tiendas, y presta los servicios relacionados. La empresa presta servicios en las siguientes áreas contractuales: ventas, mano de obra y materiales, alquiler y servicio.
Los términos y condiciones generales que se indican a continuación se aplican a todas las áreas contractuales. Las condiciones especiales se aplican al área contractual para la que se ha realizado el contrato y son complementarias a los términos y condiciones generales.
En adelante, los términos "nosotros" y "nuestro" se utilizarán para referirse a GES GmbH & Co. KG. En caso de que surjan lagunas en las regulaciones durante el procesamiento del contrato, o si una regulación necesita interpretación, las enmiendas a las normas existentes del contrato se realizarán en la siguiente secuencia:
1 Contrato individual
2 Términos y condiciones generales
a) Condiciones especiales
b) Condiciones generales
1 VOB/VOL (Suministros y servicios/Servicios de construcción) Parte B
2 HGB (Código de Comercio alemán)
3 BGB (Código de Regulaciones Federales Alemanas)
4 principios reconocidos del comercio mercantil
5 los requisitos previos desarrollados en base a la jurisprudencia Para la aplicación de la buena fe
I. Disposiciones de excepción relativas a los servicios de construcción y los servicios para socios contractuales públicos y socios contractuales cuasi públicos que están reconocidos para procesar sus contratos de acuerdo con VOB/VOL
1.1 La normativa de contratación para los servicios de construcción "VOB" Parte B se aplica a la finalización de los servicios de construcción de interiores, trabajos de carpintería de construcción y otros servicios de construcción e instalación.
1.2 Las regulaciones para servicios distintos de la construcción (VOL) – Parte B – para nuestras relaciones comerciales con personas jurídicas de derecho público y patrimonio separado público, en caso de que así lo estipule el cliente.
II. Condiciones generales
Las siguientes condiciones se aplican a nuestras relaciones comerciales con nuestros socios contractuales, en la medida en que no estén contenidas en VOB/VOL – Parte B – y constituyen un anexo a nuestros Términos y condiciones generales.
Nuestros servicios y ofertas se realizan exclusivamente sobre la base de estos términos y condiciones. También se aplicarán a cualquier relación comercial futura, incluso si no se han acordado específicamente. Por la presente, no aceptamos específicamente los términos y condiciones del socio contractual. Dichas condiciones no nos obligarán, y especialmente no, incluso si no se han objetado específicamente de nuevo. Nuestros términos y condiciones también se aplicarán si realizamos entregas incondicionales al socio contractual conociendo sus términos y condiciones contrarios y divergentes.
1. Ofertas y aceptación
1.1 Nuestras ofertas están sujetas a confirmación. Las ilustraciones, dibujos, medidas y pesos suministrados con nuestras ofertas son solo estimaciones aproximadas, a menos que los hayamos indicado específicamente como vinculantes.
1.2 Los pedidos realizados por el socio contractual son vinculantes. Nuestra aceptación se realizará en forma de prestación de servicios o confirmación del pedido.
2. Precios y condiciones de pago
2.1 Los precios se entienden ex fábrica y excluyen el embalaje, que se facturará por separado.
2.2 El impuesto sobre el valor añadido legal no está incluido en el precio. Se añadirá a la factura como una partida separada por el importe aplicable en la fecha de emisión de la factura.
2.3 Cualquier descuento requiere un contrato escrito independiente.
2.4 Cada parte del contrato puede solicitar un ajuste de precio en caso de obligación continua, o después del vencimiento de un plazo de entrega acordado para bienes y servicios de más de 4 meses, si los precios del total de los materiales necesarios o los salarios y las prestaciones han aumentado en más de un 5% debido a cambios legales o contractuales en materia salarial. La parte que solicite el ajuste deberá aportar pruebas de estos requisitos previos.
2.5 El socio contractual está obligado a pagar el importe de la factura acordada en los siguientes plazos: 50% al aceptar la entrega, 30% el día en que comience la instalación y 20% al finalizar. La normativa legal se aplica a los retrasos en los pagos. Las letras bancarias y los cheques se aceptarán para su tramitación solo si se acuerda en el contrato. Los gastos de las letras bancarias o los cheques corren a cargo del cliente y deben abonarse inmediatamente. Los cheques y las letras bancarias se contabilizarán como pago solo después de que hayan sido aceptados. En caso de protesto de un cheque o una letra bancaria, tendremos derecho a exigir el pago en efectivo cuando se devuelvan las letras bancarias y los cheques, incluso para los pagos que venzan en el futuro y para todas las demás reclamaciones contra el socio contractual.
2.6 En caso de retraso en los pagos, tendremos derecho a cobrar intereses sobre el importe de la factura pendiente de pago por un importe del 8% por encima del tipo de interés básico actual, más el reembolso de cualquier daño adicional. Tendremos derecho a exigir pagos anticipados por cualquier entrega aún por realizar, así como a exigir depósitos de garantía por un importe y forma suficientes que serán determinados por nosotros y se calcularán en función del alcance de los servicios acordados en relación con los servicios ya prestados. Los pagos de las entregas parciales se regirán por las normas mencionadas anteriormente.
2.7 Si se han acordado contractualmente entregas parciales, tendremos derecho a exigir pagos parciales.
2.8 Tendremos derecho a exigir pagos a cuenta. Si el socio contractual no realiza los pagos a cuenta, tendremos derecho a detener los trabajos adicionales para completar el proyecto contractual. La amenaza al cumplimiento contractual del proyecto contractual será entonces culpa del socio contractual.
2.9 Si tenemos conocimiento de situaciones que pongan en duda la solvencia del socio contractual, tendremos derecho a detener el trabajo contratado y a facturar los costes ya incurridos, incluso si se han aceptado cheques o letras bancarias. Además, también podemos cancelar el contrato y exigir el pago de los costes ya incurridos. Nos reservamos el derecho a la reclamación de daños y perjuicios adicionales. Las declaraciones incorrectas o incompletas relativas a la solvencia del socio contractual, o de uno de sus subcontratistas, nos dan derecho a los mismos derechos que en virtud de las secciones 1 a 3.
2.10 Si el socio contractual celebra este contrato con nosotros a su nombre, pero está trabajando externamente para un tercero, el socio contractual nos cederá inmediatamente sus derechos contra el tercero con respecto al pago por el importe de nuestras reclamaciones contra él, más los intereses por demora y los gastos legales. Por la presente aceptamos dicha cesión. La cesión no se acepta en lugar de un litigio. Tendremos derecho en cualquier momento a exigir el pago a nuestro nombre de la cuenta del tercero cedido. Sin embargo, solo haremos valer este derecho si el socio contractual se retrasa en el pago. Se considerará que se ha producido un retraso en el pago si las facturas no se pagan en el plazo de 2 semanas desde su recepción. Las posibles reclamaciones por deficiencias no serán un obstáculo para el ejercicio de los derechos en virtud de la cesión. De lo contrario, el socio contractual sigue estando obligado a presentar su demanda al tercero y, en caso de impago a tiempo, a proceder con prontitud por la vía legal y a redactar la moción de sentencia de tal manera que, en caso de condena, el pago se nos haga a nosotros. El socio contractual estará obligado a mantenernos plenamente informados del estado de las actuaciones en todo momento. El incumplimiento de esta obligación nos dará derecho a reclamar daños y perjuicios al socio contractual.
2.11 El socio contractual tendrá derecho a una compensación contra las reconvenciones solo si se ha comprobado que no están impugnadas y son válidas o reconocidas por nosotros. La devolución de la mercancía no está permitida sin nuestra aprobación. Si se reciben mercancías devueltas de todos modos, tendremos derecho a almacenar dichas mercancías a expensas del socio contractual.
3. Plazo de entrega, obligaciones contractuales, fuerza mayor
3.1 El plazo de entrega indicado por nosotros comienza cuando se han resuelto todas las cuestiones técnicas.
3.2 El cumplimiento de nuestras promesas de entrega también depende del cumplimiento oportuno y ordenado de las obligaciones por parte del socio contractual. Nos reservamos el derecho a oponernos a un contrato incumplido.
3.3 Si el socio contractual retrasa la aceptación o incumple culpablemente cualquier otro deber de cooperación, tendremos el derecho, pero no la obligación, de realizar el trabajo nosotros mismos después de una debida consideración, y de exigir el reembolso de los costes incurridos más cualquier gasto adicional. Se reservan otras reclamaciones.
3.4 Si se dan las condiciones del punto 3.3, el peligro de una desaparición o deterioro accidental del objeto contractual pasará al socio contractual el día en que éste retrase la aceptación o el pago.
3.5 Si el socio contractual deja artículos al abandonar el stand de la exposición, tendremos derecho a deshacernos de dichos artículos según nuestro criterio.
4. Transferencia de riesgo
4.1 El lugar de cumplimiento de nuestras obligaciones de servicio es la ubicación de nuestra empresa.
4.2 La carga y el envío se realizan, asegurados por el valor del objeto contractual, a riesgo del socio contractual.
5. Responsabilidad
5.1 Nuestra responsabilidad se aplica solo si los daños son causados por el incumplimiento culpable de una obligación contractual y de una manera que ponga en peligro el objetivo contractual, a través del retraso en el servicio o a través de la imposibilidad de prestar el servicio que es nuestra responsabilidad.
5.2 Aparte de eso, solo somos responsables por intención y negligencia grave. La culpabilidad de nuestros representantes o asistentes de cumplimiento es nuestra. La responsabilidad se limita a los daños previsibles y que se producen normalmente.
5.3 No somos responsables de los daños colaterales, los daños consecuentes y la pérdida de beneficios.
5.4 Los límites de responsabilidad también se aplican a nuestros empleados, representantes y asistentes de cumplimiento.
5.5 Nuestra responsabilidad también se limita a las regulaciones legales concedidas al socio contractual en caso de retrasos en la prestación de servicios que hayan dañado su interés en las obligaciones contractuales. La responsabilidad se limita a los daños previsibles y que se producen normalmente.
5.6 No nos hacemos responsables de los casos de fuerza mayor y otras situaciones imprevistas e inusuales que no sean causadas por nuestra propia negligencia, como dificultades para obtener materiales, interrupciones operativas, cierres patronales, regulaciones legales, pérdidas de transporte, etc., incluso por parte de nuestros proveedores. Estos casos nos dan derecho a retrasar los servicios o las entregas por el tiempo que dure la interrupción, más un tiempo de preparación adecuado. Si las causas mencionadas hacen que la prestación de los servicios o las entregas sea imposible o no razonable para nosotros, quedaremos liberados de nuestras responsabilidades. Si la entrega se retrasa por las razones mencionadas anteriormente, o si hemos sido liberados de nuestras responsabilidades, esto no dará derecho a la contraparte contractual a reclamar indemnización alguna. Nos comprometemos a informar puntualmente a la contraparte contractual de cualquier circunstancia de este tipo.
5.7 Asumimos la responsabilidad, de acuerdo con las regulaciones legales, por los daños a la vida, la integridad física y la salud que se deban a un incumplimiento negligente o intencionado del deber por nuestra parte, por parte de nuestros representantes legales o por parte de nuestros auxiliares de cumplimiento, o por los daños que legalmente estén sujetos a la responsabilidad por productos, en la medida en que la ley nos considere el fabricante.
6. Responsabilidad solidaria
6.1 Se excluye cualquier reclamación de responsabilidad que vaya más allá de lo estipulado en el número 5, independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación. Esto se aplica específicamente a las reclamaciones por daños y perjuicios basadas en la culpabilidad al cierre del contrato, otros incumplimientos o debido a la presentación de reclamaciones por daños y perjuicios según el artículo 823 del Código Civil alemán (BGB).
6.2 La limitación del punto 6.1 también se aplica si la contraparte contractual reclama gastos inútiles en lugar de una reclamación por daños y perjuicios.
6.3 En la medida en que se excluyan o limiten las reclamaciones por daños y perjuicios contra nosotros, también se aplicará a cualquier reclamación por daños personales contra nuestros empleados, representantes y auxiliares de cumplimiento.
7. Derechos de propiedad intelectual
7.1 Se aclara que cualquier idea, trabajo intelectual, muestra, modelo, etc. desarrollado por nosotros puede estar sujeto a las regulaciones legales relativas a los derechos de propiedad intelectual o la protección de marcas. Queda prohibido cualquier uso no autorizado y será perseguido en consecuencia.
7.2 Nuestro trabajo y nuestros servicios pueden ser almacenados en medios y utilizados por nosotros para nuestros fines publicitarios sin coste alguno. Nuestra contraparte contractual nos da su permiso expreso por la presente.
7.3 La contraparte contractual se asegura de que los servicios prestados por nosotros no infrinjan los derechos de protección similares de terceros y nos exime de cualquier reclamación presentada por terceros.
8. Legislación aplicable, lugar de cumplimiento y jurisdicción
8.1 A menos que se acuerde lo contrario contractualmente, el lugar de cumplimiento de las entregas y la aceptación es el lugar de carga. Para todas las demás obligaciones de ambas partes, el lugar de cumplimiento es la ubicación de nuestra empresa.
8.2 El contrato realizado con la contraparte contractual, así como nuestras Condiciones Generales y sus derechos y responsabilidades aplicables, están sujetos a las leyes de la República Federal de Alemania; se excluye la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
8.3 Las modificaciones y adiciones al contrato celebrado entre las partes contratantes estarán sujetas a la forma escrita. Esto también se aplica a las modificaciones de esta cláusula de forma escrita. No se realizarán acuerdos verbales complementarios.
8.4 El lugar de jurisdicción para todos los litigios, incluyendo el proceso de documentación y modificación, será la ubicación de nuestra empresa en Alemania. Esto también se aplica a cualquier litigio relativo a la validez legal del contrato. Además, tendremos derecho a litigar en la ubicación de la contraparte contractual.
III. Condiciones especiales relativas a la venta de mercancías
1. Entrega
1.1 Se entiende que la venta se realiza desde nuestro almacén.
1.2 Tenemos derecho a realizar entregas parciales en la medida en que sean comercialmente habituales para la entrega del objeto contractual en cuestión.
2. Reserva de dominio
2.1 El producto entregado seguirá siendo de nuestra propiedad hasta el momento en que haya sido pagado; en caso de pago por cheque o giro bancario, hasta que hayan sido cobrados. El producto también seguirá siendo de nuestra propiedad hasta el momento en que se hayan cumplido otras exigencias a la contraparte contractual. Los incumplimientos de contrato por parte de la contraparte contractual, especialmente los retrasos en el pago, nos darán derecho a recuperar el objeto de la venta. La recuperación de dicho objeto por nuestra parte se considerará incumplimiento de contrato por parte de la contraparte contractual. Tendremos derecho a utilizar dichos objetos recuperados y a compensar el valor de uso con las obligaciones de la contraparte contractual, menos los costes de uso apropiados.
2.2 Los bienes sobre los que tenemos derechos de uso se describirán como "bienes sujetos a reserva de dominio". Obtendremos la copropiedad de dichos bienes a través de nuestra transformación en relación con el valor de los bienes sujetos a reserva de dominio y el valor transformado en el momento de la transformación. Si nuestra copropiedad se termina por conexión, se acuerda ahora que el valor de la copropiedad por parte de la contraparte contractual con respecto a la totalidad se nos asignará en función del valor de la factura. La contraparte contractual almacenará nuestros bienes en copropiedad sin cargo alguno.
2.3 Si el valor del depósito de garantía que se nos ha hecho supera el 20% de nuestras demandas, liberaremos dicha garantía a nuestra elección.
2.4 En caso de intento de embargo de bienes sujetos a reserva de dominio por parte de terceros, la contraparte contractual está obligada a señalar nuestra copropiedad y a informarnos inmediatamente para que podamos iniciar un litigio de acuerdo con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil alemán (ZPO) (moción de un tercero para anular el embargo). Si el tercero no está obligado o no puede asumir los gastos judiciales y de otro tipo de la moción del tercero para anular el embargo, la contraparte contractual se compromete a asumir dicho coste. Cualquier otra responsabilidad de la contraparte contractual no se verá afectada.
2.5 A petición nuestra, la contraparte contractual está obligada a informarnos del inventario de todos los bienes sujetos a reserva de dominio.
3. Garantía sobre los contratos de compra
3.1 Las reclamaciones de garantía por parte del socio contractual requieren que este haya cumplido con todas sus obligaciones de investigación y notificación de defectos de acuerdo con el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB).
3.2 Las reclamaciones de garantía quedan excluidas para los bienes usados; para los bienes nuevos, el plazo de vencimiento para
las reclamaciones de garantía es de 1 año a partir de la fecha de entrega o recogida de los bienes.
3.3 En caso de que exista un defecto en el producto, entregaremos un reemplazo o mejoraremos el producto. La elección queda a nuestra discreción. En caso de reparación de defectos, correremos con todos los gastos de dicha reparación, específicamente los gastos de transporte, mano de obra y materiales si los bienes aún se encuentran en el lugar de entrega.
3.4 Si la reparación o el reemplazo fallan después de un tiempo razonable, el socio contractual tendrá derecho a exigir una reducción del precio o la rescisión del contrato. El derecho a la devolución no se aplicará en caso de incumplimiento menor del contrato y, especialmente, de deficiencias menores. Esto se aplica especialmente a los stands de exposición suministrados por nosotros, siempre y cuando no exista una deficiencia significativa con respecto a la utilidad del stand de exposición en términos de valor publicitario desde un punto de vista objetivo. Las variaciones habituales en el color y el grano de los textiles, el cuero, la madera o las superficies similares a la madera quedan reservadas y son tan poco motivo de reclamación por deficiencias como las desviaciones menores y razonables en las medidas y el acabado, especialmente en los nuevos pedidos, a menos que se haya acordado especialmente el cumplimiento de los tonos de color y las medidas.
3.5 Si un socio contractual opta por la rescisión del contrato debido a un defecto legal o material después de que se haya realizado el reemplazo, no tendrá derecho a una indemnización adicional. Si opta por la indemnización después de que se haya realizado el reemplazo, los bienes permanecerán con el socio contractual si eso es razonable. La indemnización se limitará a la diferencia entre el precio de compra y el valor del material defectuoso. Esto no se aplica a la mala fe por nuestra parte.
3.6 Básicamente, nuestra descripción del producto o la descripción del producto del fabricante se aplicará a la calidad del producto representada al socio contractual. Las declaraciones públicas, los anuncios publicitarios o la publicidad del fabricante no se interpretarán como nuestra declaración de calidad de los productos.
3.7 En caso de que el socio contractual reciba instrucciones de instalación defectuosas, seremos responsables únicamente de la entrega de instrucciones de instalación correctas, pero solo si las instrucciones de instalación defectuosas son contrarias a las de una instalación adecuada.
3.8 Todas las garantías quedarán anuladas si no se han seguido nuestras instrucciones de procesamiento u otras instrucciones, o las del fabricante, si se han realizado cambios en el producto o se han intercambiado componentes y el socio contractual no contradice una afirmación totalmente fundamentada de que el defecto fue causado por tales acciones.
3.9 Las reclamaciones de garantía contra nosotros son para el beneficio directo del socio contractual únicamente y no pueden ser cedidas a terceros.
IV. Condiciones especiales relativas a la entrega de mano de obra y materiales
Las disposiciones del punto III se aplicarán a los contratos de entrega de mano de obra y materiales.
V. Condiciones especiales relativas a la prestación de servicios
1. Garantía relativa a la prestación de servicios
1.1 El socio contractual debe señalar los defectos evidentes sin demora. Eso forma parte de sus obligaciones contractuales. Si se descubre un defecto más tarde, debe informarnos inmediatamente después de su descubrimiento. El incumplimiento de esta obligación nos libera de todas nuestras obligaciones de garantía. Esto no se aplica si existe mala fe por nuestra parte.
1.2 Queda excluido de las reclamaciones de garantía un defecto menor en un stand de exposición, que no afecte materialmente a la eficacia publicitaria del stand de exposición. Las variaciones habituales en el color y el grano de los textiles, el cuero, la madera o las superficies similares a la madera quedan reservadas y son tan poco motivo de reclamación por deficiencias como las desviaciones menores y razonables en las medidas y el acabado, especialmente en los nuevos pedidos, a menos que se haya acordado especialmente el cumplimiento de los tonos de color y las medidas.
1.3 Cumplimos con las reclamaciones de garantía, en primer lugar, a nuestra elección, ya sea mediante la reparación o la sustitución.
1.4 Si el cumplimiento por nuestra parte es rechazado de forma seria y definitiva, la reparación del defecto es rechazada debido a costes indebidos, la reparación falla o no puede ser razonablemente aceptada por el socio contractual, este tendrá la opción de elegir entre una reducción de la factura o la rescisión del contrato en lugar del cumplimiento de la garantía, como se indica a continuación. Los derechos de rescisión del contrato del socio contractual no se aplicarán si solo existe un incumplimiento menor del contrato, específicamente un defecto menor como se describe en el punto 1.2.
1.5 Si no somos culpables de un incumplimiento de contrato relacionado con un defecto, el socio contractual no tendrá derecho a rescindir el contrato.
1.6 Los derechos del socio contractual con respecto a los defectos, que no están relacionados con la planificación de trabajos de construcción y los servicios de supervisión, expiran un año después de la aceptación del trabajo.
1.7 En caso de ocultación de mala fe de defectos o garantías de calidad, los derechos de indemnización adicionales no se verán afectados.
1.8 No ofrecemos garantías en el sentido legal al socio contractual.
1.9 El socio contractual está obligado a aceptar un trabajo debidamente terminado. La aceptación se realiza aceptando el trabajo sin presentar reclamaciones en el momento en que el trabajo vence y la aceptación puede realizarse; de lo contrario, si la aceptación no es posible, en el momento en que el trabajo se completa.
1.10 Las reclamaciones de garantía contra nosotros son para el beneficio directo del socio contractual únicamente y no pueden ser cedidas a terceros.
VI. Condiciones especiales relativas al alquiler
1. Plazo de alquiler, transporte
1.1 El contrato de alquiler es firme durante el plazo acordado. Esto no afecta a un derecho de cancelación extraordinario del socio contractual por una razón importante. Los avisos legales se aplican a los contratos de alquiler a largo plazo. La recogida y devolución del objeto alquilado solo se puede realizar durante el horario comercial habitual. El socio contractual es responsable de la recogida y la devolución. El transporte por nuestra parte requiere un acuerdo contractual apropiado.
1.2 La tarifa de alquiler se paga por adelantado y se factura según lo acordado por día, semana o mes, a menos que se haya acordado contractualmente una remuneración global. El objeto alquilado debe devolverse el último día del plazo de alquiler; de lo contrario, la tarifa de alquiler seguirá siendo pagadera, sin prórroga del plazo de alquiler, hasta que se devuelva el objeto alquilado.
1.3 Si el socio contractual no cumple con sus obligaciones de pago, tenemos derecho a retener el objeto alquilado.
1.4 Si el objeto alquilado se encuentra en nuestras instalaciones, tendremos derecho a deshacernos del objeto alquilado a expensas del socio contractual una vez que este tenga al menos dos semanas de retraso en el pago.
1.5 Si el socio contractual cancela el contrato de alquiler antes del plazo acordado, deberá reembolsarnos nuestros gastos de eliminación.
2. Derecho de uso por parte del arrendatario
2.1 El socio contractual debe mantener el objeto alquilado según lo acordado y realizar cualquier reparación necesaria a su cargo. El subarriendo del objeto de alquiler requiere nuestra aprobación.
2.2 Los demás costes incurridos por el uso repetido del objeto de alquiler correrán a cargo del socio contractual, incluida la eliminación de las señales de uso.
3. Fallecimiento/Seguro/Responsabilidades de información
El riesgo de fallecimiento, pérdida, robo, destrucción, daño o el desgaste prematuro del objeto alquilado corre a cargo del socio contractual, a menos que estas condiciones se hayan producido por nuestra culpabilidad. Tales sucesos no liberan al socio contractual de sus obligaciones contractuales. En caso de que se produzcan tales condiciones, deberá informarnos sin demora. El socio contractual deberá contratar un seguro para el objeto alquilado durante el plazo del contrato de alquiler contra el riesgo de incendio, tormenta o daños por agua, así como contra el riesgo de robo o vandalismo. Tenemos derecho a exigir una prueba de dicho seguro. Los posibles pagos de reclamaciones contra dicho seguro se nos ceden por la presente. Aceptamos la cesión por la presente. El socio contractual acepta por la presente la cesión.
4. Intervenciones de terceros
El objeto alquilado debe mantenerse libre o liberarse de incautaciones por parte de terceros en todo momento. El socio contractual está obligado a informarnos inmediatamente de cualquier intervención de terceros que interfiera con nuestros derechos, proporcionándonos la documentación adecuada y a tomar todas las medidas necesarias que sirvan para la protección de nuestros intereses. Cualquier coste relacionado incurrido correrá a cargo del socio contractual.
VII. Condiciones especiales relativas a los servicios
Tenemos derecho en cualquier momento a asignar los servicios contractuales a un subcontratista de nuestra elección. En caso de que el subcontratista preste servicios sobre la base de las Condiciones Generales, estas se aplicarán al socio contractual si nuestras Condiciones Generales no establecen una regulación.
VIII. Cláusula de mediación
En caso de que surjan disputas entre el socio contractual y nosotros sobre si existen deficiencias en relación con este contrato y cuáles son, tenemos derecho a que la cuestión sea mediada por un experto jurado público para llegar a una decisión vinculante entre las partes. El experto será nombrado por nuestra cámara de comercio local. Los hallazgos y las evaluaciones del experto sobre si existen o no deficiencias serán vinculantes para ambas partes en todos los casos.
Edición del 26 de julio de 2010
