Términos y Condiciones de E&E Posteriores a 2010
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
Los siguientes son los Términos y condiciones generales bajo los cuales Global Experience Specialists, LLC (“GES”) le proporciona Servicios a usted, nuestro valioso cliente (“Cliente”) en virtud de este Acuerdo, y también se aplicarán a cada Orden de cambio u Orden de servicios en el recinto ferial emitida por GES al Cliente. GES no aceptará y por la presente objeta cualquier término y condición adicional o diferente que pueda estar contenido en la orden de compra u otro escrito del Cliente. Ninguna modificación o renuncia de cualquier disposición en estos Términos y condiciones generales será efectiva a menos que sea por escrito y esté firmada por la parte a la que se le imputa el cambio. El cumplimiento de GES está expresamente condicionado a la aceptación por parte del Cliente de estos Términos y condiciones generales y el Cliente acepta estar sujeto a los mismos.
SIEMPRE HONESTO
Es práctica comercial de GES cumplir con todas las leyes y regulaciones gubernamentales aplicables al tratar con sus proveedores y clientes, incluyendo la presentación de informes precisos y oportunos sobre todos los asuntos financieros. GES mantiene un programa corporativo de cumplimiento y ética denominado Siempre Honesto para promover un comportamiento honesto y ético por parte de todos los empleados de GES. Cualquier posible conflicto o violación de nuestros estándares de gobernanza y comportamiento debe informarse a la línea directa Siempre Honesto de GES al número 1-800-443-4113.
FECHAS IMPORTANTES:
A. El importe total cotizado en dólares se debe pagar a GES al momento de la firma de este Contrato. No hacerlo puede resultar en la cancelación de este Contrato a la entera y absoluta discreción de GES.
B. GES debe recibir el Contrato firmado y el formulario de autorización de tarjeta de crédito completo a más tardar 5 días hábiles después de que el Cliente firme el Contrato. Si GES no recibe este Contrato y el formulario de autorización en esta fecha, el importe total cotizado aumentará en un 50%.
1. DEFINICIONES
A. “Contrato” significa, en conjunto, la descripción anterior de los Servicios de GES (“Servicios de GES”) junto con la Guía de Envío de Archivos Digitales y estos Términos y Condiciones Generales.
B. “Bienes del Cliente” significa cualquier bien, producto, material informativo o equipo propiedad del Cliente, que pueda almacenarse o exhibirse en o cerca del Stand durante la Feria y, incluye el Stand, en caso de que el Cliente compre el Stand en virtud de este Contrato.
C. “Guía de Envío de Archivos Digitales” significa las directrices técnicas para enviar el diseño gráfico y/o la información del Cliente a GES, que está disponible para su visualización o descarga en el enlace que se encuentra en www.ges.com/gallery.
D. “Contratista de Carga y Descarga” significa el contratista elegido por el Contratista Oficial de la Feria para encargarse del movimiento de mercancías dentro y fuera de las instalaciones de la feria, lo que se denomina “carga y descarga”. El Contratista de Carga y Descarga puede desempeñar una doble función como Contratista Oficial de la Feria.
E. “Stand” significa ciertos bienes personales tangibles o materiales que pueden ensamblarse o instalarse en el espacio de exhibición o stand designado en la Feria.
F. “Contratista Oficial de la Feria” significa la organización elegida por la Administración de la Feria para coordinar todos los Servicios necesarios requeridos por el Cliente, como se detalla en este Contrato y en cualquier Orden de Cambio u Orden de Servicio en el Lugar de la Feria.
G. “Servicios” significa, en conjunto, los servicios prestados y los bienes personales tangibles alquilados por GES al Cliente, tal como se establece en los Servicios de GES.
H. “Feria” significa el evento, feria o convención identificado en los Servicios de GES.
I. “Administración de la Feria” significa la organización responsable de la producción, dirección y gestión de la Feria.
J. “Cotización Total” significa la estimación, correspondiente a la “Fecha Límite de Firma” aplicable para el “Precio Estándar”, “Precio de Incentivo” o “Último Precio”, tal como se establece en la parte de Servicios de GES del contrato.
2. Stand del CLIENTE — Instalación y Desmontaje
Sujeto a los términos y condiciones de este Contrato, el Cliente será responsable de asegurar que todas las partes componentes del Stand estén disponibles para GES de manera oportuna para que GES pueda proporcionar adecuadamente los Servicios de instalación y desmontaje. Además, se reconoce y acuerda que los Servicios se prestarán durante las fechas prescritas por el Contratista Oficial de la Feria y/o la Administración de la Feria. Tras el uso del Stand por parte del Cliente, se considerará que la instalación se ha realizado de manera satisfactoria. Tras la entrega del Stand por parte de GES al Contratista de Carga y Descarga o a su designado, se considerará que el desmontaje y la entrega al Cliente se han realizado de manera satisfactoria. A menos que se indique lo contrario en los Servicios de GES, los arreglos de envío y los costos relacionados con la manipulación de materiales o el transporte de los Bienes o el Stand del Cliente serán responsabilidad exclusiva del Cliente. El Cliente es responsable de asegurar sus propios Bienes y cualquier propiedad de alquiler de GES, incluyendo cualquier Stand, contra cualquier pérdida o daño durante la vigencia de este Contrato, incluyendo el período en el que dicha propiedad está en tránsito o almacenamiento.
3. CARGA Y DESCARGA Y BIENES DE ALQUILER QUE NO SON DE GES
A menos que se indique lo contrario en este Contrato, los cargos de carga y descarga de los Bienes del Cliente y las tarifas de alquiler de cualquier bien de alquiler que no sea de GES no están incluidos en este Contrato y serán facturados al Cliente a las tarifas publicadas de la feria por el Contratista Oficial de la Feria.
4. PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO
A. Cotizaciones de Precios. El trabajo cotizado sobre la base de “tiempo y materiales” (también denominado “T/M” en este Contrato) es una estimación y se proporciona al Cliente únicamente con fines de presupuesto y planificación, y no obligará a GES ni limitará el importe que finalmente se cobre al Cliente en función de la mano de obra y los materiales reales utilizados.
B. Los Servicios Eléctricos se facturan por separado y se estiman por adelantado. Los cargos reales se basan en el uso real y se facturarán al Cliente en función del uso.
C. Condiciones de Pago. El Cliente pagará a GES el 100% de la Cotización Total al momento de la firma de este Contrato, a menos que GES extienda las condiciones de crédito al Cliente en virtud del presente. Además, el Cliente pagará al final de la Feria, al recibir la factura, todos y cada uno de los cargos de “tiempo y materiales” y los servicios eléctricos que no estén ya incluidos en la Cotización Total. Si las condiciones de crédito se aplican a este Contrato, el Cliente pagará todos y cada uno de los honorarios y cargos no incluidos en el depósito por adelantado al final de la Feria, a menos que se indique una fecha diferente explícitamente en este Contrato. Todos los cargos se cargan automáticamente a la tarjeta de crédito registrada a partir de esa fecha. Cualquier cantidad no pagada cuando venza devengará intereses a una tasa del 1½% mensual, o la tasa legal máxima, lo que sea menor. Si el Cliente impugna un cargo, el Cliente pagará todos los cargos no impugnados y las partes intentarán primero resolver los importes en disputa mediante negociaciones.
D. Cancelación. Este contrato no es cancelable por ningún motivo después de la ejecución de este contrato. Si el Cliente cancela un pedido después de que este Contrato sea firmado por ambas partes, el Cliente acepta pagar el 100% de la Cotización Total, y cualquier cargo aplicable de T/M y servicio eléctrico que no esté ya incluido en la Cotización Total, y cualquier Servicio adicional solicitado después de que este Contrato sea firmado por las partes. Cualquier conducta que constituya un incumplimiento de este Contrato, incluyendo, pero no limitado a, la falta de hacer un depósito por adelantado o de obtener una carta de crédito oportuna según sea necesario, puede a opción de GES ser considerada una cancelación por parte del Cliente.
E. Impuestos. Cualquier impuesto, cargo gubernamental u honorario que GES pueda estar obligado a pagar o recaudar bajo cualquier ley sobre o con respecto a los Servicios prestados bajo este Contrato son responsabilidad exclusiva del Cliente y serán remitidos por el Cliente a GES al momento del pago, facturación o demanda (excepto los impuestos basados o evaluados sobre el ingreso neto de GES).
F. Propinas. GES prohíbe las propinas de cualquier tipo, incluyendo dinero en efectivo, regalos o pago por tiempo adicional por trabajo no realizado.
5. PROPIEDAD INTELECTUAL Y GARANTÍA E INDEMNIZACIÓN DEL CLIENTE
A. Todos los conceptos o diseños de la exposición y los desarrollos, descubrimientos, invenciones, mejoras, dibujos, planos, bocetos, especificaciones y otros documentos, datos, trabajos o materiales relacionados que GES realice, cree o adquiera en virtud de este Contrato (“Producto del Trabajo”), junto con la patente, los derechos de autor, los secretos comerciales y todos los demás derechos de propiedad intelectual relacionados con ellos, son y seguirán siendo propiedad exclusiva de GES, y el Cliente no tendrá ningún derecho sobre ellos. Todos los elementos del Producto del Trabajo y la información contenida en ellos COMPRENDEN SECRETOS COMERCIALES DE GES Y ESTÁN PROTEGIDOS COMO OBRAS NO PUBLICADAS BAJO LA LEY DE DERECHOS DE AUTOR. Tras el pago íntegro por parte del Cliente a GES de todos los importes adeudados en virtud de este Contrato, el Cliente tendrá el derecho no exclusivo de utilizar el Producto del Trabajo en la Feria, pero no tendrá derecho a realizar ni distribuir copias del mismo, ni el derecho a realizar trabajos derivados basados en él.
B. En el caso de que el Cliente proporcione a GES cualquier exposición, diseño, desarrollo, descubrimiento, invención, mejora, dibujo, plano, boceto, especificación, documento, dato o trabajo realizado o creado por el Cliente o un tercero (“Trabajo del Cliente”):
(i) El Cliente declara que tiene derecho a proporcionar el Trabajo del Cliente a GES; y
(ii) El Cliente garantiza que el Trabajo del Cliente es original y no incluye ningún material que infrinja, ni ninguna construcción, fabricación, extensión, modificación o adaptación del Trabajo del Cliente infringirá ninguna patente, derecho de autor, diseño industrial, secreto comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual de terceros; y
(iii) El Cliente deberá indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a GES, sus asociados, filiales y subsidiarias, frente a cualquier pérdida, daño, reclamación, demanda, sentencia, responsabilidad o gasto (incluidos los honorarios de los abogados) que de cualquier modo surjan de o estén relacionados con la construcción, fabricación, extensión, modificación o adaptación de dicho Trabajo del Cliente. En el caso de que GES proporcione diseños, dibujos, planos, bocetos u otros trabajos creados por GES que el Cliente o un tercero construya, fabrique, modifique o adapte, entonces
(a) El Cliente asumirá el riesgo, la responsabilidad y la exposición legal exclusivos en relación con ello; y
(b) El Cliente deberá indemnizar y eximir de responsabilidad a GES, sus asociados, filiales y subsidiarias, frente a cualquier pérdida, daño, reclamación, demanda, sentencia, responsabilidad o gasto (incluidos los honorarios de los abogados) que de cualquier modo surjan de o estén relacionados con ello.
6. DAÑOS Y PERJUICIOS
El Cliente es responsable de cualquier daño o modificación de las propiedades de alquiler de GES o de cualquier otro equipo alquilado a GES como parte de este Contrato, excepto por el desgaste normal.
7. ÓRDENES DE CAMBIO Y SERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL
A. Cambios en los Servicios antes de la Feria. Una vez que el Cliente haya firmado este Contrato, cualquier cambio previo a la Feria en los Servicios prestados en este Contrato se detallará en una orden de cambio (“Orden de Cambio”) y deberá ser firmada por el Cliente.
B. Servicios solicitados en el recinto ferial. Para los Servicios solicitados en el recinto ferial (“Órdenes de Servicio en el Recinto Ferial”), se aplicará lo siguiente: (1) Las Órdenes de Servicio en el Recinto Ferial se rigen por los términos y condiciones del contrato de GES establecidos en el kit del expositor; (2) Las Órdenes de Servicio en el Recinto Ferial se facturarán a la tarifa vigente en el recinto; (3) el Cliente pagará una tarifa de coordinación por los servicios no prestados por GES que GES solicite en nombre del Cliente; y (4) el pago íntegro vence y debe abonarse a GES antes de la finalización de la Feria.
8. TRANSPORTE FORZOSO
GES no se hace responsable de los bienes del Cliente que se dejen en el recinto ferial después de la fecha límite de cierre de la feria, con o sin un Servicio de manipulación de materiales/Conocimiento de embarque directo firmado por el Cliente. Es responsabilidad del Cliente cumplimentar la documentación precisa para el envío y asegurarse de que los bienes del Cliente estén correctamente etiquetados. Si los bienes del Cliente permanecen en el recinto después de la fecha límite de cierre de la feria, GES tiene derecho a retirar los bienes del Cliente. GES está autorizado por el Cliente a proceder de la manera elegida por el Cliente en el Pedido de Servicios de manipulación de materiales/Conocimiento de embarque directo, si se ha cumplimentado uno, o de lo contrario a enviar los bienes del Cliente a discreción de GES y a expensas del Cliente. GES no incurrirá en ninguna responsabilidad por dicho envío. GES se reserva el derecho a deshacerse de los bienes del Cliente sin responsabilidad alguna si se dejan en el recinto ferial sin vigilancia, sin etiquetas o sin estar correctamente etiquetados.
9. CONTRATISTA INDEPENDIENTE
Este Contrato no tiene como objetivo crear una relación de agencia o empresa conjunta entre GES y el Cliente. Ninguna de las partes tendrá autoridad para obligar a la otra a ninguna obligación con respecto a terceros, a menos que se disponga específicamente en este Contrato o que las partes acuerden lo contrario por escrito.
10. SEGURO
Ambas partes deberán mantener durante la prestación de los Servicios de GES las siguientes coberturas de seguro: (1) indemnización por accidente laboral, con un mínimo de los límites legales; (2) responsabilidad civil general comercial, por valor de 2 millones de dólares; y (3) responsabilidad civil del automóvil, incluida la cobertura para todos los vehículos propios, alquilados y no propios, por valor de 2 millones de dólares. El Cliente deberá nombrar a GES como asegurado adicional en estas pólizas (excepto en la indemnización por accidente laboral) y deberá proporcionar a GES un Certificado de Seguro que acredite esta cobertura al momento de la firma de este Contrato.
11. GARANTÍA
GES garantiza que sus Servicios se prestarán de forma profesional. Esta garantía expirará al finalizar los Servicios.
A. Solución. Tras la notificación por escrito a GES de que los Servicios no se han prestado según lo garantizado (“Defecto”), GES, en caso de que GES esté razonablemente de acuerdo en que existe un Defecto, realizará los esfuerzos razonables para corregir el Defecto si es factible. Esta solución es la ÚNICA y EXCLUSIVA solución en la que puede confiar el Cliente. Si finalmente se considera que esta solución no ha cumplido su propósito esencial, la única responsabilidad de GES será reembolsar solo la parte del coste relacionada con el Defecto en el Servicio.
B. Notificación. La notificación de cualquier Defecto en los Servicios debe darse a GES por escrito con prontitud, pero en ningún caso más tarde del final de la Feria.
C. Descargo de responsabilidad. GES NO OFRECE NINGUNA OTRA GARANTÍA EXCEPTO LAS QUE SE CONTIENEN EXPRESAMENTE EN ESTE DOCUMENTO. GES RENUNCIA A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS Y CONDICIONES IMPLÍCITAS POR EL FUNCIONAMIENTO DE LA LEY O DE OTRO TIPO, EL USO DEL COMERCIO, EL CURSO DE LAS NEGOCIACIONES O EL CURSO DEL CUMPLIMIENTO, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR.
D. Idoneidad. Será responsabilidad del Cliente proporcionar a GES instrucciones precisas, completas y detalladas relacionadas con los Servicios y/o la Exposición. El Cliente declara y garantiza que solo él ha determinado que los Servicios y/o la Exposición cumplirán adecuadamente con los requisitos de seguridad y los requisitos de su función prevista, incluyendo, pero no limitado a, los requisitos específicos de la Feria. Se entiende expresamente que cualquier consejo proporcionado por GES con respecto a ello, o la condición de la Exposición se da sin cargo, y GES no asume ninguna obligación o responsabilidad por el consejo dado, las alteraciones a la Exposición realizadas a petición del Cliente o los resultados obtenidos, siendo todo dicho consejo dado y aceptado bajo el riesgo del Cliente.
12. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
Las partes reconocen que las siguientes limitaciones de la responsabilidad de GES son justas y razonables:
A. Exclusión de responsabilidad y limitación de daños. EN NINGÚN CASO GES SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS ESPECIALES, INDIRECTOS, CONSECUENCIALES O INCIDENTALES QUE SURJAN EN VIRTUD DE UN CONTRATO, AGRAVIO, NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD ESTRICTA Y GARANTÍA O CUALQUIER OTRA TEORÍA DE RESPONSABILIDAD. Dichos daños incluyen, entre otros, la pérdida de ganancias, la pérdida de oportunidades comerciales, la pérdida del uso de la exhibición, los daños a la propiedad o las reclamaciones de terceros. La responsabilidad total de GES hacia el Cliente por cualquier causa, excepto la responsabilidad relacionada con los servicios de transporte, tal como se limita a continuación, se limitará al menor de los daños reales del Cliente o el precio de compra de los Servicios que son objeto de la pérdida o daño del Cliente.
B. Responsabilidad por servicios de transporte. En el caso de que GES preste servicios de transporte, tal como se establece y detalla específicamente en los Servicios de GES, y se produzca una pérdida o daño a las propiedades del Cliente como resultado de ello, la responsabilidad de GES se limita a lo siguiente:
(i) GES será responsable por la pérdida o daño de las propiedades del Cliente solo si dicha pérdida o daño es causado por la negligencia exclusiva o la mala conducta intencional de GES y, en ese caso, la responsabilidad de GES se limita al menor de 1) el valor depreciado de las propiedades; 2) el costo de reparación; o 3) la limitación de responsabilidad, que es el menor de $0.50 (cincuenta centavos) por libra por paquete, $100.00 (cien dólares) por paquete o $1500.00 (mil quinientos dólares) por incidente.
(ii) Valor declarado en exceso: El Cliente puede obtener una mayor limitación de responsabilidad, hasta $20,000 por envío, de la siguiente manera: 1. Para solicitar un valor declarado en exceso; (a) El Cliente debe indicar el monto del valor declarado en exceso en el espacio provisto en los formularios de pedido de servicios de GES y en el formulario de pedido de manejo de materiales, y; (b) Marcar la casilla solicitando el valor declarado en exceso, y; (c) Pagar el cargo correspondiente por el valor declarado en exceso antes de la fecha de envío. 2. Costo: el valor declarado en exceso está disponible en GES por $2.00 por cada $100.00 de valor declarado en exceso con un cargo mínimo de $100.00. 3. No es un seguro: el valor declarado en exceso NO ES UN SEGURO. GES NO ES UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y NO OFRECE NI PROPORCIONA SEGUROS. GES no será responsable por la pérdida o daño de los bienes del Cliente, a menos que dicha pérdida o daño sea causado por la negligencia de GES. El valor declarado en exceso no está disponible para: pantallas de plasma, pantallas LCD, equipos electrónicos, arte original, artículos únicos y/o prototipos. El valor declarado nunca se puede comprar por más de $20,000 para los fines de esta disposición. La responsabilidad de GES en todas las circunstancias se limitará al monto de este límite máximo. No obstante lo anterior, todos los envíos que contengan los siguientes artículos de valor extraordinario se limitan al valor declarado máximo de $500.00 (USD). 1. Relojes, joyas, incluidas bisutería, pieles o artículos adornados con pieles; 2. Monedas, dinero, divisas, certificados de regalo, tarjetas de regalo, tarjetas de débito o tarjetas de crédito; 3. Efectos personales, incluidos, entre otros, ropa, papel y documentos o cualquier otro artículo de valor extraordinario. Además, cualquier valor declarado que exceda el máximo indicado anteriormente será nulo y sin efecto, y la aceptación por parte de GES del transporte de cualquier envío con un valor declarado que exceda los máximos permitidos no constituye una renuncia a estos máximos. Bajo ninguna circunstancia, GES será responsable de ningún daño incidental, consecuencial o punitivo debido a la pérdida, daño, robo o retraso de los bienes o cualquier otra causa.
C. Riesgo de pérdida. GES NO PROPORCIONA SEGURIDAD EN EL SITIO. EN NINGÚN MOMENTO GES SERÁ RESPONSABLE POR INCENDIOS, DAÑOS POR AGUA, ROBOS, PÉRDIDA DE PROPIEDAD U OTROS RIESGOS O DAÑOS A LA EXHIBICIÓN O A LA PROPIEDAD DEL CLIENTE DENTRO DE LA EXHIBICIÓN. GES no es responsable de ninguna propiedad o equipo propiedad del Cliente mientras se encuentra en el recinto ferial o mientras espera el transporte. El Cliente es responsable de obtener o proporcionar su propio seguro y de tomar las medidas de seguridad adecuadas para proteger sus propiedades en el recinto ferial. Cuando GES organiza la seguridad para el Cliente a través del Contratista Oficial de la Feria, el Cliente deberá dirigirse únicamente a esa parte en caso de pérdida o daño.
D. Indemnización. Excepto que se disponga lo contrario en el presente, cada parte acuerda indemnizar y eximir a la otra parte de toda responsabilidad frente a cualquier reclamación, demanda, costo y gasto, incluidos los honorarios razonables de abogados para la defensa de los mismos, que surjan de
(i) el acto u omisión ilícito o negligente de la parte indemnizadora, o de su empleado, agente o representante, o
(ii) el incumplimiento por parte de la parte indemnizadora de cualquier declaración, garantía u obligación en virtud de este Acuerdo. En caso de que se inicie alguna acción o procedimiento contra cualquiera de las partes en razón de dicha reclamación, tras la notificación de dicha parte, la parte indemnizadora se compromete a defender dicha acción o procedimiento (con un abogado razonablemente satisfactorio para la otra parte), a menos que dicha acción o procedimiento alegue el acto u omisión ilícito o negligente conjunto o concurrente de ambas partes.
E. Exención de responsabilidad. Si bien GES se esfuerza por garantizar un lugar de trabajo seguro, si el Cliente o cualquier invitado del Cliente ingresa al espacio de exhibición mientras GES presta los Servicios, el Cliente y dichos invitados asumen el riesgo de lesiones y la responsabilidad por sus acciones, y el Cliente acepta indemnizar y eximir a GES de toda responsabilidad y defenderlo contra cualquier daño causado a personas y/o daños a propiedades que resulten de ello. GES tendrá derecho a solicitar que dichas personas se retiren hasta que el área se considere segura, solicitar y recibir una exención de responsabilidad por escrito del Cliente con respecto a dichas personas, cesar la prestación de los Servicios sin responsabilidad para el Cliente o cualquier combinación de acciones de los mismos. Cuando el Cliente actúa como supervisor de GES, el Cliente exime a GES de toda responsabilidad por actos que surjan de o lesiones causadas por el trabajo bajo el control del Cliente o de acuerdo con las instrucciones del Cliente.
13. CAUSA DE FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable de los daños sufridos por demora o incumplimiento debido a eventos fuera de su control razonable, incluidos, entre otros, huelgas u otros conflictos laborales, clima, terremotos, incendios, inundaciones, guerra, disturbios, desorden civil, actos de terrorismo, fallas de energía o servicios públicos y actos gubernamentales. Si surge un evento sobre el cual ninguna de las partes tiene un control razonable que impida, posponga, interrumpa o requiera la cancelación de la Feria, el Cliente reembolsará a GES sus gastos directos en la búsqueda o prestación de los Servicios hasta la fecha de este evento. No obstante lo anterior, esta Sección 13 no se aplicará a la incapacidad financiera de una parte para cumplir con el presente, ni a ningún cambio en la economía o el mercado.
14. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS; LEY APLICABLE; Y JURISDICCIÓN
Cualquier disputa que surja de o esté relacionada con este Acuerdo se resolverá de acuerdo con las leyes del Estado de Nevada. Excepto por lo dispuesto en esta Sección 14, todas las disputas que surjan en virtud del presente se resolverán mediante arbitraje vinculante en Las Vegas, Nevada, de acuerdo con las Reglas de Arbitraje Comercial de la Asociación Americana de Arbitraje. Cuando se soliciten medidas cautelares u otras medidas equitativas o similares, las partes podrán iniciar dicha acción en cualquier tribunal de jurisdicción competente. Para una disputa por falta de pago, GES puede buscar una resolución en cualquier tribunal de jurisdicción competente o mediante procedimientos de cobro.
15. PLAZO DE PRESCRIPCIÓN
Todas las causas de acción contra GES que surjan del cumplimiento o incumplimiento de los términos de este Acuerdo deben presentarse a más tardar un (1) año después de que se origine la causa de acción.
16. DIVISIBILIDAD
La declaración de que cualquier término o condición del presente es nulo o inaplicable no anulará ni hará inaplicables otros términos o condiciones, a menos que dicha invalidez menoscabe materialmente la capacidad de las partes para consumar la transacción contemplada en este Acuerdo.
17. ACUERDO COMPLETO
Este Acuerdo evidencia el acuerdo final, completo y total entre las partes y reemplaza todas las representaciones o acuerdos escritos u orales anteriores y contemporáneos con respecto al mismo. Este Acuerdo puede modificarse ÚNICAMENTE mediante un acuerdo expreso por escrito firmado por la parte contra quien se busca la ejecución y no puede ser alterado, modificado o renunciado oralmente, por curso de ejecución, curso de negociación o uso comercial. Si este escrito difiere de alguna manera de los términos y condiciones del pedido del Cliente o si este escrito se interpreta como una aceptación o como una confirmación que actúa como una aceptación, entonces LA ACEPTACIÓN DE GES ESTÁ EXPRESAMENTE CONDICIONADA A LA ACEPTACIÓN POR PARTE DEL CLIENTE DE CUALQUIER TÉRMINO Y CONDICIÓN CONTENIDOS EN ESTE ACUERDO QUE SEAN DIFERENTES O ADICIONALES A LOS CONTENIDOS EN EL ESCRITO DEL CLIENTE.
Además, este escrito se considerará una notificación de obligación al Cliente de dichos términos y condiciones. Si este escrito se interpreta como la oferta, la aceptación del mismo se LIMITA EXPRESAMENTE A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTENIDOS EN ESTE ACUERDO. En cualquier caso, la aceptación por parte del Cliente de los Servicios de Exhibición manifestará la aceptación por parte del Cliente de los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo.
18. VIGENCIA
Las Secciones 4.C., 4.E., 5, 6, 12, 14 y 15 seguirán vigentes tras la rescisión de este Acuerdo.
Ambas partes acuerdan que una firma por fax o electrónica servirá como firma original y será vinculante para las partes. El cumplimiento de GES está expresamente condicionado a la aceptación de este Acuerdo por parte del Cliente y las partes del presente acuerdan estar obligadas por el presente como se indica en la firma del representante autorizado de cada parte en el Contrato de Exhibición y Diseño.
Revisado: 06/01/10
